Decreto Por El Que Se Reforma El Artículo 228 Del Reglamento De Policía

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 228 DEL REGLAMENTO DE POLICÍA Aprobado, el 24 de Octubre de 1888 Publicada en La Gaceta No. 73 del 27 de Octubre de 1888 El Gobierno, en uso de sus facultades, DECRETA: El artículo 228 Pol., se leerá:  Cuando haya fundados motivos para creer que se intenta pelear, hacer ultraje ó violencia á otro, el que no diere la fianza prevenida en los artículos anteriores puede ser arrestado en conformidad al artículo 333 Pn.; pero será puesto en libertad, tan luego hayan desaparecido los motivos que se tuvieron para el arresto ó hubiere rendido la fianza correspondiente. Dado en Managua, á 24 de octubre de 1888  E. Carazo  El Ministro de la Gobernación  David Osorno. -