Decreto Por El Que Se Prohíbe La Introducción De Toda Clase De Esencias De Licor

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO POR EL QUE SE PROHÍBE LA INTRODUCCIÓN DE TODA CLASE DE ESENCIAS DE LICOR Aprobado el 8 de Enero de 1892 Publicado en La Gaceta No. 4 del 13 de Enero de 1892 El Gobierno: Observando que en la Tarifa vigente en le artículo ESENCIAS no se hacen las debidas especificaciones, lo cual es origen de perjuicio en los intereses fiscales, Decreta: Art. 1.- Queda prohibida la introducción de toda clase de esencias de licores. Art. 2.- En estos términos queda reformada la mencionada tarifa. Dado en Managua: á 8 de enero de 1892- Roberto Sacasa- El Ministro de Hacienda y Crédito Público- J. C. Bengoechea. -