Decreto Por El Que Se Manda Hacer Efectivo El Pago De Las Cantidades De Plazo Vencido Que Adeudan En Las Aduanas Los Comerciantes Importadores

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO POR EL QUE SE MANDA HACER EFECTIVO EL PAGO DE LAS CANTIDADES DE PLAZO VENCIDO QUE ADEUDAN EN LAS ADUANAS LOS COMERCIANTES IMPORTADORES DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 3 de Mayo de 1893 Publicado en La Gaceta No. 34 del 5 de Mayo de 1893 El Gobierno, en el deber de procurarse recursos para el mantenimiento de la fuerza armada, DECRETA: Artículo Único  Los Subdelegados de Hacienda respectivos, deberán proceder inmediatamente, con sólo el aviso de la Tesorería General, a hacer efectivo el pago de las cantidades que de plazo vencido adeuden a la Hacienda Pública, por derechos marítimos y por las multas del 3% mensual, los comerciantes importadores. Comuníquese  Managua, 3 de mayo de 1893  Roberto Sacasa  El Ministro de Hacienda por la ley  Francisco X. Ramírez. -