Decreto Por El Que Se Deroga El Artículo 2° Del De 2 De Mayo De 1887

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO POR EL QUE SE DEROGA EL ARTÍCULO 2° DEL DE 2 DE MAYO DE 1887 Aprobado el 9 de marzo de 1890 Publicado en La Gaceta No. 59 del 12 de marzo de 1890 El Gobierno, en uso de sus facultades, Decreta: 1.- Derogase el art. 2° del decreto ejecutivo de 2 de mayo de 1887, que permite á los buhoneros situar en las aceras los objetos que tengan de venta  En consecuencia, se restablece en sus primitivos términos la fracción 8° del articulo 521 Pol. 2.- Este decreto comenzará á regir desde su promulgación. Comuníquese  León 9 de marzo de 1890  Roberto Sacasa  Al Señor Subsecretario de Gobernación  Managua  José Madriz. -