Decreto Por El Que Se Aumenta El 15% Á Los Valores De La Tarifa Vigente

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO POR EL QUE SE AUMENTA EL 15% Á LOS VALORES DE LA TARIFA VIGENTE Aprobado el 8 de Agosto de 1890 Publicada en La Gaceta No. 182 del 12 de Agosto de 1890 El Presidente de la República, á sus habitantes: Para hacer frente á los gastos extraordinarios en la situación anormal que atraviesa la República; en uso de sus facultades-Decreta: Art. 1° - Desde la publicación del presente decreto, el derecho de importación sobre las mercancías se cobrará aumentando el quince por ciento á los valores de la tarifa vigente; pero no quedan sujetas a esta disposición las mercancías pedidas con anterioridad comprobada legalmente ante el Ministerio de Hacienda. Art. 2° - Por cada botella de licor fuerte extranjero de más del 12° y hasta 25° Carhtier, se &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&P&. C&. Cobrará&&&&&&&&&&&&&&&&&&.080 Por cada botella de licor fuerte extranjero de más de 25° Carthier (con permiso especial del Gobernador) además del anterior derecho, se cobrará por cada grado reexceso&&&&&&&&&&&&&&&&&&006 Art. 3° - Queda derogada la ley de 30 de enero de 1862 y reformada la tarifa vigente de 25 de julio de 1888. Dado en Managua, á 8 de agosto de 1890Roberto SacasaEl Ministro de Hacienda-Ireneo Delgadillo. -