Decreto Federal De 18 De Abril De 1836, Que Esplica La Constitucion En Cuanto A La Prision De Los Deudores

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Penal Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO FEDERAL DE 18 DE ABRIL DE 1836, QUE ESPLICA LA CONSTITUCION EN CUANTO A LA PRISION DE LOS DEUDORES Código de la Legislación de la República de Nicaragua. Libro Primero. De la Rocha, Jesús El Congreso federal de la República de Centro América. Teniendo presente: que la interpretación comunmente dada a l os artículos 155 i 156 de la Constitución, estimando que prohiben la prision por deudas, abre la puerta a los delitos de fraude que encontrarian en los prestamistas, cuando estos no pueden apoyar su reintegro en la lei i en los apremios. Considerando que la impunidad de tales delitos aumenta su número, siembra la desconfianza, i ataca en su base el comercio i la agricultura. Deseando evitar que su falsa interpretación sea tan funesta a la moral pública, como es dañosa al mutuo sosten que se deben todos los habitantes en sus necesidades recíprocas, DECRETA: Que los Artículos 155 i 156 de la Constitucion no impiden la prisión i las penas correccionales contra los que cometen fraudes en los contratos i contra los deudores fraudulentos, i son vijentes las leyes que las establecen. NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado. -