Decreto Ejecutivo De 23 De Julio De 1863, Estableciendo En Los Pueblos De La República La Acción De Los Tribunales Y Jueces Comunes, Suspendida Por Revueltas Políticas
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
-
DECRETO EJECUTIVO DE 23 DE JULIO
DE 1863, ESTABLECIENDO EN LOS PUEBLOS DE LA REPÚBLICA LA ACCIÓN DE
LOS TRIBUNALES I JUECES COMUNES, SUSPENDIDA POR REVUELTAS
POLÍTICAS
Código de la Lejislación de la
República de Nicaragua. Libro Primero, De la Rocha, Jesús
El Senador Presidente de la República a sus habitantes.
Considerando: que por los varios triunfos gloriosamente alcanzados
sobre los perturbadores de la paz de Centro América, especialmente
los obtenidos en las memorables jornadas de San Felipe, Santa Roca
y Santa Ana; los enemigos de Nicaragua se encuentran hoy en
absoluta impotencia de repetir sus agresiones a nuestro territorio,
i que por tanto, han cesado en parte las causas por las que se
mandó suspender la acción de los tribunales i juzgados comunes en
el decreto que declaró a la República en estado de sitio; en uso de
sus facultades,
DECRETA:
Art. Único: Se restablece en todos los pueblos de la
República la acción de los tribunales i juzgados comunes sin
perjuicio de la jurisdicción militar privativa, establecida en la
ley de 20 de febrero último contra los delitos de traición i
consiguientemente contra todos los dichos, escritos, o impresos de
que trata el artículo 246 del Código Penal, con relación al mismo
delito i a la causa que la República sostiene en la presente
contienda con las de El Salvador i Honduras. ComuníqueseLeón,
julio 23 de 1863.
NOTA: Se respeta el contenido
original del texto, conservando la ortografía, gramática y
redacción de la época en que fue elaborado.
-