Decreto, Designando La Cabecera Del Departamento De Matagalpa, I Dejando Á Juicio Del Gobierno El Designar El Punto En Donde Deben Residir Las Autoridades Del Departamento De Nueva-Segovia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO, DESIGNANDO LA CABECERA DEL DEPARTAMENTO DE MATAGALPA, I DEJANDO Á JUICIO DEL GOBIERNO EL DESIGNAR EL PUNTO EN DONDE DEBEN RESIDIR LAS AUTORIDADES DEL DEPARTAMENTO DE NUEVA-SEGOVIA Aprobado el 18 de Febrero de 1868 Publicado en La Gaceta No. 9 del 29 de Febrero de 1868 El Presidente de la República á sus habitantes; Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente. El senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua. Decretan: Art. 1º.- La cabecera del Departamento de Matagalpa, será la ciudad de este nombre en todos los ramos de la Administración Pública. Art. 2º.- En el Departamento de Nueva-Segovia residirán las autoridades de todos los ramos de la Administración, en el punto que á juicio del Gobierno sea más conveniente. Art. 3º.- Queda derogada cualquiera disposición que se oponga á la presente. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado.- Managua, Febrero 18 de 1868.- Hermenegildo Zepeda, D. P.- A. Murillo, S. S. F. Morazán, S. S.- Al Poder Ejecutivo.- Salón de sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, febrero 20 de 1868.- J. Emiliano Quadra, D. P.- T. G. Bonilla, D. S.- M. Rodríguez, D. S.- Por tanto: Ejecútese.- P. N.- Managua, febrero 20 de 1868.- Fernando Guzmán. El Ministro de Guerra.- Bernabé Portocarrero. -