Decreto, Derogando El De 30 De Marzo Del Corriente Año

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Propiedad Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO, DEROGANDO EL DE 30 DE MARZO DEL CORRIENTE AÑO Aprobado el 8 de Mayo de 1875 Publicada en La Gaceta No. 29 del 15 de Mayo de 1875 El Presidente de la República á sus habitantes. Considerando: que el decreto de 30 de marzo de este año, relativo á la adquisición que ciertos estranjeros hagan de bienes raíces hagan de bienes raíces de cualquiera naturaleza, puede dar lugar á que en su aplicación se presenten algunos inconvenientes, Decreto: Art. 1º. Todo extranjero puede, sin perder su nacionalidad, adquirir terrenos baldíos bajo las mismas condiciones que la lei señala á los nicaragüenses. Art. 2º Derógase el citado decreto de 30 de marzo del corriente año i cualquiera otra disposición que, refiriéndose á terrenos baldíos, se opongan á la presente. Dado en Managua, á 8 de mayo de 1875  Pedro Joaquín Chamorro  El Ministro de Hacienda  E. Benard. -