Decreto, Aboliendo El Derecho Especial Para La Importación De Vinos, Cervezas, &

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - DECRETO, ABOLIENDO EL DERECHO ESPECIAL PARA LA IMPORTACIÓN DE VINOS, CERVEZAS, & Aprobado el 30 de Abril de 1879 Publicado en La Gaceta No 20 del 3 de Mayo de 1879 El Presidente de la República, á sus habitantes:  en uso de sus facultades,  Decreta: Art. 1°- Desde el 1º de Septiembre próximo, queda abolido el derecho especial establecido para la importación de vinos, cervezas i tabacos habanos. En consecuencia, de esa fecha en adelante, estarán sujetos esos artículos al pago de los derechos jenerales de aduana. La importación de los tabacos espresados, siempre requerirá el permiso prévio del Gobierno. Art. 2°- Derógase toda disposición que se oponga á la presente. Dado en Managua, á 30 de Abril de 1879  Joaquín Zavala  El Ministro de Hacienda  E. Benard. -