Declárase Legal Y Solemnemente Instalada La Asamblea Nacional Constituyente

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (DECLÁRASE LEGAL Y SOLEMNEMENTE INSTALADA LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE) Aprobado el 15 de Diciembre de 1938 Publicado en La Gaceta No. 273 del 17 de Diciembre de 1938 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes, SABED: Que la Asamblea Nacional Constituyente de la República de Nicaragua, ha ordenado lo siguiente: LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DECRETA: Único - Declarase legal y solemnemente instalada la Asamblea Nacional Constituyente de la República. Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional constituyente - Managua, Distrito Nacional, quince de Diciembre de mil novecientos treinta y ocho. E. AGUADO, Presidente. GUILLERMO SEVILLA SACASA, ANDRÉS LARGAESPADA, Primer Secretario Segundo Secretario. Por Tanto: - Publíquese - Palacio Presidencial  Managua, Distrito Nacional, quince de Diciembre de mil novecientos treinta y ocho. A. SOMOZA, Presidente de la República. El Ministro de la Gobernación, por la ley, GUSTAVO ABAUNZA. -