De Reforma Al Decreto No. 85-2002, De Creación Del Comité Técnico Para La Obtención De Insumos Del Plan Urbanístico Especial Para La Demarcación Y Ordenamiento De Los Asentamientos Humanos Espontáneos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Propiedad Rango: Decretos Ejecutivos - DE REFORMA AL DECRETO No. 85-2002, DE CREACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN DE INSUMOS DEL PLAN URBANÍSTICO ESPECIAL PARA LA DEMARCACIÓN Y ORDENAMIENTO DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS ESPONTÁNEOS DECRETO No. 32-2003. Aprobado el 31 de Marzo del 2003. Publicado en La Gaceta No. 65 del 2 de Abril del 2003. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO: El siguiente: DECRETO: DE REFORMA AL DECRETO No. 85-2002, DE CREACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN DE INSUMOS DEL PLAN URBANÍSTICO ESPECIAL PARA LA DEMARCACIÓN Y ORDENAMIENTO DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS ESPONTÁNEOS Artículo 1.- Se reforma el artículo 2 del Decreto No. 85-2002, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 172 del 11 de Septiembre del 2002, el cual se leerá así: Arto. 2.- El Comité Técnico será presidido por el Alcalde del Municipio de Managua o su Delegado, y estará integrado por: 1. Alcaldía de Managua. 2. Empresa Nicaragüense de Acueducto y Alcantarillados. 3. Procuraduría General de la República. 4. Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales. 5. Intendencia de la Propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 6. Ministerio de Transporte e Infraestructura. 7. Oficina de Titulación Urbana, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día treinta y uno de Marzo del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua. -