De Adhesión Al “Tratado De Budapest Sobre El Reconocimiento Internacional Del Depósito De Microorganismos A Los Fines Del Procedimiento En Materia De Patentes Y Su Reglamento”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - DE ADHESIÓN AL TRATADO DE BUDAPEST SOBRE EL RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL DEL DEPÓSITO DE MICROORGANISMOS A LOS FINES DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PATENTES Y SU REGLAMENTO DECRETO No. 79-2005, Aprobado el 25 de Octubre del 2005 Publicado en La Gaceta No. 213 del 03 de Noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que el Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del Procedimiento en Materia de Patentes, del 28 de abril de 1977 y enmendado el 26 de septiembre de 1980, y su Reglamento adoptado el 28 de abril de 1977 y modificado el 20 de enero de 1981, son instrumentos eficaces para facilitar a Nicaragua el reconocimiento de Microorganismos depositados ante una autoridad Internacional, favoreciendo a los sectores y Centros de Investigación que se dedican a la Biotecnología. II Que la Adhesión al Tratado de Budapest y a su Reglamento responde a la necesidad de dar seguridad jurídica y garantía al depósito de muestras en materia de Biotecnología, lo que implica un avance en la examinación de solicitudes de Patentes con material biológico. III Que la Adhesión al Tratado de Budapest y a su Reglamento, implica una economía al país y a los solicitantes de patentes, al reducir los costos, depósito y mantenimiento de material microbiológico y a la vez fomenta el desarrollo e intercambio investigativo en el campo biotecnológico. IV Que la Adhesión al Tratado de Budapest y a su Reglamento permitirá complementar la legislación de Patentes de Invención, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales vigentes que establece la protección a las investigaciones en el campo biotecnológico. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente DECRETO DE ADHESIÓN AL TRATADO DE BUDAPEST SOBRE EL RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL DEL DEPÓSITO DE MICROORGANISMOS A LOS FINES DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PATENTES Y SU REGLAMENTO Artículo 1.- Adherirse al Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los fines del Procedimiento en Materia de Patentes, establecido en Budapest el 28 de abril de 1977 y enmendado el 26 de septiembre de 1980 y a su Reglamento adoptado el 28 de abril de 1977 y modificado el 20 de Enero de 1981. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticinco de octubre de dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -