Convenio De Cooperacion Entre La J. G. R. N. Y La Fundacion Friedrich Ebert

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA J. G. R. N. Y LA FUNDACION FRIEDRICH EBERT Decreto No. 788 de 10 de agosto de 1981 Publicado en La Gaceta No. 191 de 25 de agosto de 1981 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que el 11 de junio de 1981 el Ministro del Exterior por la Ley, Señor Víctor Hugo Tinoco, suscribió en esta ciudad con el Representante de la Fundación Friedrich Ebert de la República Federal de Alemania, Señor Wolfgang Lutterbach, el "Convenio de Cooperación entre la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional de Nicaragua y la Fundación Friedrich Ebert de la República Federal de Alemania". II Que la Fundación Friedrich Ebert es una Fundación Alemana sin fines de lucro, que comprende entre sus metas la lucha por la libertad, la justicia y la solidaridad, promoviendo la cooperación en áreas orientadas a tareas educativas, a la investigación de programas económicos y sociales, así como de otros objetivos específicos que tiendan por la igualdad de derechos de los trabajadores y por un orden democrático y social que una a todos los sectores del pueblo. III Que la fundación ha colaborado con nuestro Gobierno Revolucionario en proyectos de las áreas señaladas y de interés para el desarrollo de nuestro país. POR TANTO: en uso de sus facultades, Decreta: Primero.-Aprobar y ratificar el "Convenio de Cooperación entre la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional de Nicaragua y la Fundación Friedrich Ebert de la República Federal de Alemania", suscrito en esta ciudad el 11 de junio en curso por el Ministro de Exterior por la Ley, Señor Víctor Hugo Tinoco y el Representante de la Fundación Señor Wolfgang Lutterbach. Segundo.-Comunicar esta aprobación y ratificación a la Fundación Friedrich Ebert de la República Federal de Alemania por conducto del Ministerio del Exterior. Tercero.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas. -