Convenio De Colaboracion Cultural Y Cientifica Entre Nicaragua Y Bulgaria

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - CONVENIO DE COLABORACIÓN CULTURAL Y CIENTÍFICA ENTRE NICARAGUA Y BULGARIA Decreto No. 991 de 2 de marzo de 1982 Publicado en La Gaceta No. 58 de 11 de marzo de 1982 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que el día 26 de marzo de 1980 fue suscrito en Sofía, Bulgaria, por el entonces Miembro de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, compañero Moisés Hassan Morales, el Convenio de Colaboración Cultural y Científica entre los Gobiernos de Nicaragua y Bulgaria. II Que por dicho Convenio al fomentar y consolidar la cooperación en el campo de la ciencia, la educación y la cultura, sobre la base de respeto a la soberanía nacional, la igualdad de derechos y la no intervención, nuestro país será altamente beneficiado no sólo en los campos mencionados, sino también en áreas tan sensibles como la salud pública y ciencias médicas. POR TANTO: en uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.-Aprobar y ratificar el Convenio de Colaboración Cultural y Científica entre el Gobierno de Reconstrucción Nacional de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Popular de Bulgaria, suscrito en Sofía, el 26 de marzo de 1980. Artículo 2.-Comunicar dicha aprobación al Ilustrado Gobierno de la República Popular de Bulgaria. Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los dos días del mes de marzo de mil novecientas ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas. -