Convenio De Apertura De Credito

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - CONVENIO DE APERTURA DE CREDITO Decreto No. 843 de 12 de octubre de 1981 Publicado en La Gaceta No. 240 de 23 de octubre de 1981 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA en uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.-Se ratifica en todas y cada una de sus partes el Convenio de Apertura de Crédito por Treinta Millones de Dólares (US$30,000,000.00), suscrito en México el veinticinco de julio de mil novecientos ochenta y uno, entre el "Banco Nacional de Comercio Exterior, S. A." (BANCOMEXT), y el Gobierno de la República de Nicaragua, con el aval del Banco Central de Nicaragua, destinados a la adquisición en México de bienes de capital materias primas manufacturadas, bienes de consumo y refacciones. Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas. -