Cese De La Actividad Judicial Y Suspension De Términos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - CESE DE LA ACTIVIDAD JUDICIAL Y SUSPENSION DE TÉRMINOS Decreto No. 1415 de 26 de Marzo de 1984 Publicado en La Gaceta No.63 de 28 de Marzo de 1984 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que la Corte Suprema de Justicia de la República de Nicaragua ha resuelto celebrar el Primer Congreso Nacional de Jueces "Cincuentenario de Sandino", con la participación de todos los Jueces del país, durante los días comprendidos del 9 al 12 de Abril. II Siendo los objetivos del Congreso: Que los participantes lleguen a obtener conclusiones y recomendaciones sobre: a) Los problemas fundamentales que enfrenta el juez en la etapa presente. b) Las formas de colaboración del juez con las otras autoridades y con las organizaciones de masas. c) Las soluciones posibles para los problemas detectados. Por Tanto: En uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.- Suspender los términos y toda actividad judicial en todo el Territorio Nacional durante los días comprendidos del 9 al 13 de Abril del año en curso, inclusive, vacando todos los Tribunales de Justicia. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta" Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veinte y seis días del mes de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro. "A Cincuenta Años Sandino Vive". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- Daniel Ortega Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado.- Rafael C6rdova Rivas.- -