Canje De Certificado De Depósito Especial Hasta Por C$ 10,000.00

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Decretos Ejecutivos - CANJE DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO ESPECIAL HASTA POR C$ 10,000.00 DECRETO No. 201, Aprobado el 12 de Diciembre de 1979 Publicado en La Gaceta No. 83 del 14 de Diciembre de 1979 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA en uso de sus facultades, Decreta:Artículo 1.- Se autoriza entregar especies monetarias de curso legal a los tenedores de Certificados de Depósito Especial que amparen entrega de dinero desmonetizado hasta por la suma de Diez Mil Córdobas (C$10,000.00), inclusive y que hubieren sido objeto de resolución favorable por el Comité Especial a que se refiere el Artículo 7 de la Ley de Defensa de la Moneda Nacional, del veinticuatro de agosto de mil novecientos setenta y nueve, y publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 12 del dieciocho de septiembre de mil novecientos setenta y nueve. Artículo 2.- La entrega será en las mismas Oficinas Bancarias donde fueron depositados, a partir del día lunes diecisiete de diciembre de mil novecientos setenta y nueve. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve. "Año de la Liberación Nacional". Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Sergio Ramírez Mercado. - Alfonso Robelo Callejas. - Moisés Hassan Morales. - Daniel Ortega Saavedra. - Violeta B. de Chamorro. -