Autorizase Resello De Timbres Fiscales Denominados "año 1978"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - AUTORIZASE RESELLO DE TIMBRES FISCALES DENOMINADOS "AÑO 1978" "No. 154, Aprobado el 07 de Noviembre de 1977 Publicado en La Gaceta No. 264 del 21 de Noviembre de 1977 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades, ACUERDA: Artículo 1.- Resellar setecientos noventa y cuatro mil (794,000) Timbres Fiscales de diversas denominaciones, con un valor total de trece Millones Ochocientos Cincuenta y Cinco Mil Córdobas (C $ 13.855,000.00) de acuerdo con el siguiente detalle: Denominación Facial Cantidad de Timbres Valor Total De C$ 0.50 c/u. 150,000 C$ 75,000.00   1.00.. 230,000  230,000.00   2.00  100,000  200,000.00   5.00  100,000  500,000.00   10.00  110,000  1.100,000.00   25.00  40,000  1.000,000.00   50.00  25,000  1.250,000.00   100.00  30,000  3.000,000.00   500.00  5,000  2.500,000.00   1,000.00  4,000  4.000,000.00 Artículo 2.- La especie anteriormente descrita será resellada con la Ieyenda " AÑO 1978", impresa en tinta negra de la mejor calidad, en los Talleres Nacionales de Imprenta y Encuadernación. Artículo 3.- Una Comisión compuesta por Delegados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, del Tribunal de Cuentas y de la Dirección General de Ingresos, tendrá a su cargo la vigilancia y control del trabajo de resello, debiendo recibir la especie sin resellar, del Almacén General de Especies Fiscales y devolviéndola al Jefe del referido Almacén, una vez ejecutado el trabajo de impresión. Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional a los siete días del mes de Noviembre de mil novecientos setenta y siete.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) GUSTAVO MONTIEL, Ministro de Hacienda y C. P." -