Autorizase Impresión De Cuatro Millones De Sellos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - AUTORIZASE IMPRESIÓN DE CUATRO MILLONES DE SELLOS Decreto Ejecutivo No.15 Aprobado el 24 de Mayo 1963 Publicada en La Gaceta No. 228 del 6 de octubre de 1964 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, Considerando: Que Nicaragua se sumó a los altos propósitos consignados en la Alianza para el Progreso como esfuerzo conjunto de los 19 países Latinoamericanos y que proyectara con visión trascendental del Gobernante de los Estados Unidos de América, John F. Kennedy, con el fin de alcanzar el máximo de oportunidades para todos en cuanto a precisiones sociales y realizaciones democrática; Considerando: Que se impone por tan altos ideales el gesto histórico del reconocimiento cumplido a tan trascendental conquista, mediante la Emisió ;n de Sellos Postales Conmemorativos, Decreta: Artículo 1º.- Se autoriza la impresión de Cuatro Millones (4,000.00) de sellos para el Año Fiscal 1963/1964 como un homenaje a la Alianza para el Progreso y cuyo nombre llevará la Emisión. Artículo 2º.- Todos los sellos serán de la denominación Aéreo y Comprenden un valor Fiscal, total de Novecientos Mil Córdobas (C$900,000.00) conforme la especificación que abajo se detalla: Cantidad Valor Motivos 500.000 C$ 0.5 Diseños con Alusiones a la Alianza 500.000 0.10 para el Progreso que serán suministrados 500.000 0.15 a los interesados por la Oficina de Control 500.000 0.20 de Especies Postales y Filatelia. 500.000 0.25 500.000 0.30 500.000 0.35 500.000 0.40 Artículo 3º.- La impresión de estos sellos se hará por cualquiera de los procedimientos que brinden adecuado margen de seguridad y éxito. Artículo 4º.- Este Decreto comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., a los veinticuatro días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y tres.- (f) RENE SCHICK, Presidente de la República. (f) Gustavo A. Guerrero, Vice-Ministro de Hacienda y C.P. -