Autorizase Emisiones De Especies Postales Y Filatelicas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - AUTORIZASE EMISIONES DE ESPECIES POSTALES Y FILATELICAS DECRETO No. 1339, Aprobado el 26 de Octubre de 1983 Publicado en La Gaceta No. 248 del 29 de Octubre de 1983 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que la Radioafición desempeña una valiosa labor en los momentos mas críticos, logrando con ello colaboración y ayuda internacional en caso de desastres naturales. II Que nuestro Gobierno Revolucionario consciente de la desinteresada labor humanitaria y de servicio que ha caracterizado a la comunidad de Radio aficionados a nivel Mundial. III Que la XXIII Convención de la Federación de Radioaficionados de Centroamérica y Panamá tendrá como sede nuestro país. Por Tanto: En uso de sus facultades, Decreta: La siguiente: Autorización para incluir en el Programa de Emisiones de Especies Postales y Filatélicas para 1983 La Edición XXIII Convención FRACAP 83 Artículo 1.- Inclúyase en el Programa de Emisiones de Especies Postales y Filatélicas para el año 1983, aprobada mediante Decreto No. 1148 del 19 de noviembre de 1982 y publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 289 del 10 de diciembre de 1982, la edición de la emisión denominada "XXIII Convención FRACAP 83". Artículo 2.- Se autoriza al Ministro Director del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR), para que ordene la impresión y circulación de la emisión postal anterior, señalándose como primer día de circulación el 7 de octubre del año en curso. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y tres.- "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL.- Daniel Ortega Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado.- Rafael Córdova Rivas. -