Autorizase Emision De Sellos Postales Conmemorativos Del Vuelo De La Nave "apolo 11"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - AUTORIZASE EMISIÓN DE SELLOS POSTALES CONMEMORATIVOS DEL VUELO DE LA NAVE "APOLO 11" Decreto No. 18 de 02 de septiembre de 1969 Publicado en La Gaceta No. 18 de 12 de septiembre de 1969 El Presidente de la República, En uso de sus facultades, Considerando: Que el viaje a la Luna realizado por la nave espacial Apolo II tripulado pro los astronautas estadounidenses Neil Armstrong, Edwin Aldrin y Michel Collins, ha sido la hazaña más arriesgada y extraordinaria emprendida hasta hoy por el hombre y constituye uno de los hechos más significativos en la historia de la humanidad; Considerando: Que el viaje y la llegada a la Luna del primer hombre, realizado con todo éxito y perfección, ha puesto de manifiesto el alto grado de desarrollo alcanzado por la técnica y ciencia espaciales estadounidenses, y la intrepidez de sus astronautas, y son hechos que merecen el reconocimiento de todas las Naciones; Por tanto: Decreta: Artículo 1.-Autorizar una emisión de sellos postales conmemorativos del vuelo de la nave Apolo II y llegada del primer hombre a la Luna, que se denominará Apolo 11, consistente en 550,000 estampillas con valor facial total de Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Córdobas Netos (C$355.000.00), distribuidas en seis denominaciones de los valores y cantidades siguientes: 125,000 estampillas de 35 centavos C$43,750.00 100.000 estampillas de 40 centavos C$40,000.00 150.000 estampillas de 60 centavos C$90,000.00 75.000 estampillas de 75 centavos C$56,250.00 75.000 estampillas de 1 córdoba C$75,000.00 25.000 estampillas de 2 córdobas C$50,000.00 550,000 C$355,000.00 Artículo 2.-Estas estampillas serán de la designación "Aérea" para uso internacional, y los diseños serán motivos alusivos al magistral vuelo, nave y sus tripulantes. Artículo 3.-La impresión de estos sellos será mediante el procedimiento Litho-Offset a varios colores, para cuya ejecución se promoverá la correspondiente licitación entre firmas especializadas y conforme pormenores y especificaciones que dará a conocer en su oportunidad la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia. Dado en Casa Presidencial. Managua D.N., a los dos días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve. (f) A. SOMOZA. (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P.". -