Autorización (De Timbres Especiales De Sobre-Tasa Postal Pro Asistencia Social)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - AUTORIZACIÓN (DE TIMBRES ESPECIALES DE SOBRE-TASA POSTAL PRO ASISTENCIA SOCIAL) DECRETO EJECUTIVO No. 11, Aprobado el 17 de Diciembre de 1954 Publicado en La Gaceta No. 9 del 12 de Enero de 1955 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que ya se encuentran en el Almacén General de Especies Fiscales los 15 000 000 de timbres especiales para la recaudación de la sobre -tasa postal pro Asistencia Social creada por Ley No. 50 de 8 de Octubre de 1952, mandado a imprimir por el Ministerio de Hacienda en las plantas de los señores Waterlow & Sons, Limited, de Londres, Inglaterra, según los términos del oficio ministerial No. 16415 de 16 de Junio de 1954 y las Facturas Comerciales Nos. X88/452, X9/1724 y X88/485 fechadas el 28 y 30 de Septiembre y 9 de Noviembre de 1954, considerando que por el resultado del examen se ha constatado que los mencionados timbres fueron impresos conforme a las indicadas especificaciones, Decreta: Artículo Único.- Autorizar el uso en los correos del país, hasta su total agotamiento, de los timbres especiales de sobre-tasa postal pro Asistencia Social, color azul de la denominación de C$ 0.05, tamaño 15 x 24 m.m. entre perforaciones, que aparece ilustrado con la figura de una dama de gorro frigio que simboliza a la República sosteniendo con la mano derecha el escudo de armas de la nación y en la mano izquierda un estandarte ostenta la leyenda <Asistencia Social>. Los timbres que fueron impresos por el sistema de grabado en acero, presentan además las leyendas siguientes: <Nicaragua> , un número <5> y las letras <CTS> y la palabra <Correos>. En el margen interior del timbre aparece el pie de imprenta de la firma impresora <Waterlow & Sons Limited>. Dado en Managua, D.N.- Casa Presidencial a los diez y siete días del mes de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.-Ejecútese.-A. SOMOZA.-El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y C.P. Rafael A. Huezo. -