Autorización De Ingreso De Tropas Extranjeras En Misión Humanitaria

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Seguridad y Defensa Nacional Rango: Decretos Ejecutivos - (AUTORIZACIÓN DE INGRESO DE TROPAS EXTRANJERAS EN MISIÓN HUMANITARIA) DECRETO No. 59-99, Aprobado el 6 de Mayo de 1999 Publicado en La Gaceta No. 86 del 11 de Mayo de 1999 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO UNICO Que las solicitudes de ayuda humanitaria que el Gobierno de Nicaragua ha solicitado ante todos los Gobiernos amigos han tenido extraordinaria acogida y para la realización de esa ayuda se hace indispensable autorizar el ingreso y estacionamiento en nuestro territorio nacional de maquinarias, equipos y tropas integradas por miembros activos y de la reserva de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, que vienen en socorro de nuestra población y en apoyo a las labores de reconstrucción. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO Artículo 1.- En cumplimiento de lo dispuesto en el Arto. 92 Cn. Infine, se autoriza el ingreso y estacionamiento de maquinarias, equipos y tropas integradas por miembros activos y de la reserva de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América en misión humanitaria, bajo el Programa Nuevos Horizontes Nicaragua 99, cuyo objeto es la construcción de escuelas y centros de salud en la zona del Departamento de Estelí afectada por el Huracán Mitch, durante el periodo comprendido hasta el quince de Octubre del corriente año, el que podrá renovarse mediante nueva solicitud. Artículo 2.- El Ejército de Nicaragua ejercerá el control sobre las tropas a que se refiere el Arto. 1 de este Decreto, y la ayuda humanitaria se efectuará en coordinación con las Autoridades del País. Artículo 3.- Se deroga el Decreto No. 46-99 publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 70 del 14 de Abril de 1999. Artículo 4.- Remitir el presente Decreto a la Asamblea Nacional para su debida ratificación. Artículo 5.- El presente Decreto surte efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el seis de Mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN LÁCAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -