Autorización A Junta Directiva De Enacal

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (AUTORIZACIÓN A JUNTA DIRECTIVA DE ENACAL) DECRETO No. 47-98. Aprobado el 25 Junio 1998. Publicado en La Gaceta No. 121 del 30 Junio 1998. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO: El siguiente: DECRETO: Artículo 1.- Con fundamento en el artículo 2 de la Ley de Creación de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios, publicada en La Gaceta No.12 del 20 de Enero de 1998, se autoriza a la Junta Directiva de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitario para crear Empresas Independientes en cualquier otra parte del país. Artículo 2.- Las empresas creadas por la Junta Directiva de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados quedan adscritas a éstas y obligadas a cumplir con sus planes estratégicos. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en "La Gaceta, Diario Oficial". Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticinco de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO .- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE R.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA. -