Apruébase Presupuesto General De Ingresos Y Egresos De Entes Autónomos O Servicios Descentralizados Año 1977

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - APRUÉBASE PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE ENTES AUTÓNOMOS O SERVICIOS DESCENTRALIZADOS AÑO 1977 Decreto No. 66 de 22 de Diciembre de 1976 Publicado en La Gaceta No. 21 de 26 de Enero de 1977 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de las facultades que le concede el Decreto Ejecutivo dictado en Consejo de Ministros No. 330 del 14 de Abril de 1972 y su reglamento. Decreta: Arto. 1.- Apruébase el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de los Entes Autónomos o Servicios Descentralizados para el año 1977, conforme el siguiente detalle por institución: Nota: Ver tabla en La Gaceta No. 21 de 26 de Enero de 1977 Arto. 2.- La ejecución de estos presupuestos deberá ajustarse a las cantidades autorizadas y a los lineamientos de política económica del Gobierno. Arto. 3.- La publicación de los Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos que se aprueban en el Arto. 1.- de este Decreto aparecen formando parte informativa de la Ley de Presupuesto de la República aprobada en Decreto No. 600 del 17 de Diciembre de 1976. Arto. 4.- El presente Decreto surtirá sus efectos a partir del uno de Enero de mil novecientos setenta y siete. Dado en Casa Presidencia, Managua, Distrito Nacional, a los veintidós días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta y seis.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P. -