Aprobacion Y Ratificacion De Convenio De Colaboracion Cientifico Tecnico Entre El Gobierno De Nicaragua Y La Republica Socialista De Checoslovaquia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - APROBACION Y RATIFICACION DE CONVENIO DE COLABORACION CIENTIFICO TECNICO ENTRE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y LA REPUBLICA SOCIALISTA DE CHECOSLOVAQUIA Decreto No. 872 de 16 de noviembre de 1981 Publicado en La Gaceta No. 268 de 25 de noviembre de 1981 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que con motivo de la visita oficial de amistad efectuada por una Delegación de la República de Nicaragua a la República Socialista de Checoslovaquia, las Representaciones de los Gobiernos se informaron sobre los problemas económicos y científico técnicos relacionados con el desarrollo y la reconstrucción de Nicaragua, acordando prestar colaboración y ayuda en el plano de la igualdad soberana de los Estados. II Que el día 4 de abril de 1980, en la ciudad de Praga, el Compañero Moisés Hassan Morales, en su carácter de miembro de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, suscribió con el Representante del Gobierno de la República Socialista de Checoslovaquia el Convenio de Colaboración Científico Técnica, su correspondiente Protocolo y el Acuerdo sobre Cooperación Económica. Por TANTO: en uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.-Aprobar y ratificar el Convenio de Colaboración Científico Técnica y su correspondiente Protocolo, y el Acuerdo sobre la Cooperación Económica suscritos en Praga el 4 de abril de 1980, entre el Gobierno de Reconstrucción Nacional de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Socialista de Checoslovaquia. Artículo 2.-Autorízase al Ministerio del Exterior para comunicar al Ilustrado Gobierno de la República Socialista de Checoslovaquia la aprobación de los mencionados Convenios, procediendo al intercambio de notas a que se refiere el artículo X del Acuerdo sobre Cooperación Económica. Artículo 3.-El presente Decreto, rige desde esta fecha y será publicado en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas. -