Aprobacion Convenio De La Coordinacion Educativa Y Cultural Centroamericana

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - APROBACION CONVENIO DE LA COORDINACION EDUCATIVA Y CULTURAL CENTROAMERICANA DECRETO No. 1181, Aprobado el 17 de Enero de 1983 Publicado en La Gaceta No. 18 del 22 de Enero de 1983 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que el 13 de noviembre de 1982 los Ministros de Educación de Centroamérica suscribieron en esta ciudad, el Convenio Constitutivo de la Coordinación Educativa y cultural Centroamericana (CECC), con el propósito de desarrollar e intensificar las relaciones entre los pueblos del área centroamericana por medio de la cooperación permanente y la ayuda mutua, en los campos de la Educación y la Cultura y estimular el desarrollo integral del hombre, incluyendo el componente cultural dentro de todos los procesos educativos. II Que Nicaragua, país eminentemente unionista, ha puesto de manifiesto en forma positiva y a través de la historia, su hermandad centroamericana convencidos de que la fortaleza de nuestros pueblos radica en la unidad, que se fortalece al reafirmarse la identidad cultural a nivel de cada uno de los países del área. Por Tanto: en uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.- Aprobar y Ratificar el Convenio Constitutivo de la Coordinación Educativa y Cultural Centroamericana (CECC), suscrito en esta ciudad de Managua, por los Ministros de Educación de Centroamérica, el 13 de noviembre de 1982. Artículo 2.- Comunicar esta aprobación y ratificaciòn a los Gobiernos de la región, suscriptores del Convenio. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes de enero de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Daniel Ortega Saavedra. - Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova Rivas. -