Ampliación De La Declaracion De Situación De Desastre Natural A Otras Zonas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (AMPLIACIÓN DE LA DECLARACION DE SITUACIÓN DE DESASTRE NATURAL A OTRAS ZONAS) DECRETO NO.106-2000, Aprobado el 11 de Octubre del 2000 Publicado en La Gaceta No. 194 del 13 de Octubre del 2000 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo 1.-Ampliar la declaración de situación de Desastre Natural a los departamentos de Granada, Rivas y las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur. Artículo 2.-Instruir al Ministro de Hacienda y Crédito Público para efectuar las modificaciones necesarias en el Presupuesto General de la República vigente para hacer frente al desastre natural que se ha presentado y realizar los desembolsos requeridos de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de Régimen Presupuestario, debiendo informar a la Asamblea Nacional para los efectos correspondiente. Artículo 3.-El Ejército y la Policía Nacional deberán continuar, como lo han hecho, resguardando en las zonas de desastres la seguridad de las personas y sus bienes. Artículo 4.-Los Ministerios de Estado y las Instituciones descentralizadas en el área de su competencia deberán en forma inmediata proceder a la ejecución de programas de emergencia en las áreas referidas. Artículo 5.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el once de Octubre del año dos mil.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -