Adicion En La Reforma Al Presupuesto

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - ADICION EN LA REFORMA AL PRESUPUESTO DECRETO No. 2, Aprobado el 3 de Septiembre de 1959 Publicado en La Gaceta No. 204 del 8 de Septiembre de 1959 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA En uso de las facultades que le confieren el Decreto Legislativo No. 442 de 28 de Agosto de 1959, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial del 2 de Septiembre corriente No. 199. DECRETA Artículo 1.- Adiciónase la Partida de Partida 0701 - 2809, Varios - 99, Partida de Nivelación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente en la suma de Cinco Millones Novecientos Noventa y Seis Mil Cuarenta y Seis Córdobas y - 09/100 ($ 5.996,046.09), que se traslada a esa Partida como total a que ascienden los montos reducidos en otras partidas de dicho Presupuesto, y que se mencionan en los incisos a) y b) del Arto. 1°. del Decreto Legislativo No. 442 de 28 de Agosto de 1959. Artículo 2.- El presente Decreto estará en vigor desde la fecha de transcirpción a la Dirección General del Presupuesto y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial, Managua, D. N., a los tres días del mes de Septiembre de mil novecientos cinuenta y nueve. - (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la Reública. - (f) J.J. LUGO MARENCO, Ministro de Hacienda y Crédito Público, por la Ley. -