Acuerdo Por El Cual Se Manda Restablecer Los Tribunales De Justicia Conforme La Constitución De 1858

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - ACUERDO POR EL CUAL SE MANDA RESTABLECER LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA CONFORME LA CONSTITUCIÓN DE 1858 DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 2 de Agosto de 1893 Publicada en La Gaceta No. 57 del 5 de Agosto de 1893 LA JUNTA DE GOBIERNO, Considerando; que el objeto de la revolución iniciada en León el 11 de julio próximo pasado, fue el de restablecer el orden y la legalidad: que establecida la paz en la República, es consecuencia natural de ella el reaparecimiento de los Tribunales de Justicia, encargados de hacer efectivo el cumplimiento de las leyes que protegen la vida, la propiedad y el honor de los asociados; y que, además, tal reaparecimiento se ha estipulado en el Convenio de paz firmado en Managua el 30 del mismo mes. DECRETA: 1.° Mientras la Asamblea Constituyente emite una nueva Constitución de la República, los nicaragüenses gozarán de todas las garantías consignadas en la Constitución de 1858, conforme a ella misma y á las leyes secundarias que reglamentan sus disposiciones. 2.° El día 8 del corriente volverán á funcionar todos los Juzgados y Tribunales de la República, conforme á las leyes anteriores de su creación, sin hacerse cambio alguno en el personal de los mismos, hasta que la Asamblea Constituyente no disponga lo que crea conveniente. Dado en el Palacio Nacional de Managua, á 2 de Agosto de 1893. J. S. Zelaya  Pedro Balladares  F. Baca, h  El Ministro de la Gobernación  Modesto Barrios. -