Actualización De Aranceles Por Servicios De Tránsito

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - ACTUALIZACIÓN DE ARANCELES POR SERVICIOS DE TRÁNSITO DECRETO No. 13-94, Aprobado el 25 de Marzo de 1994 Publicado en La Gaceta No. 62 de 6 de Abril de 1994 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO ÚNICO Que la aplicación de los beneficios de la exoneración de los útiles escolares y las medicinas, implica una disminución en la recaudación de los ingresos necesarios para cubrir los gastos fiscales y se requiere en consecuencia implementar medidas que compensen la pérdida fiscal. Por Tanto En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente Decreto de: ACTUALIZACIÓN DE ARANCELES POR SERVICIOS DE TRÁNSITO Artículo 1.- Modifícanse los Aranceles por Servicios de Tránsito que deberán enterarse al Estado, como se detalla en los siguientes incisos: a) Emisión de licencia de conducir categoría profesional C$60.00 b) Emisión de licencia de conducir categoría ordinaria C$75.00 c) Emisión de licencia de conducir categoría aficionado C$75.00 d) Reposición de licencia de conducir por pérdida o deterioro C$35.00 e) Reposición de licencia de conducir por cambio de características C$35.00 f) Cambio de categoría en la licencia de conducir por categoría C$35.00 g) Cambio de domicilio en la licencia de conducir C$35.00 h) Permiso para realizar cambio en el vehículo C$35.00 i) Permiso provisional para circular C$35.00 j) Permiso provisional de cualquier clase C$35.00 k) Constancia de registro C$35.00 l) Inscripción tardía de vehículo C$50.00 m) No reportar cambios en el vehículo C$50.00 Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veinticinco días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -