Abrese La Sub Partida 022-01-01 Del Codigo Arancelario

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - ABRESE LA SUB PARTIDA 022-01-01 DEL CODIGO ARANCELARIO Decreto Ejecutivo No.25 Aprobado el 23 de Diciembre de 1955 Publicado en La Gaceta No. 5 del 6 de Enero de 1956 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A insinuación de la Comisión Central Aduanera y en uso de su facultades que le concede el Arto.23 del Código Arancelario de Importaciones, Decreta: Artículo 1º.- Abrése la sub-partida 022-01.01 del Código Arancelario de Importaciones y créanse dentro de ella dos incisos, los cuales tendrán las numeraciones, descripciones y gravámenes siguientes: Específico Ad- Valorem 1. Leche y crema 022-01-01-1 Leche completa o Semi- descremada C$ 0.11 10% 022-01-01-2 Crema 0.20 10% Artículo 2º.- Abrase la sub-partida 022-02-01 del Código Arancelario de Importaciones y créanse dentro de ellas dos incisos, los cuales tendrán las numeraciones, descripciones y gravámenes siguientes: Específico Ad-Valorem 1. Leche y crema 1. Leche compleata o Semi-descremada C$ 0.11 10% 022-02-01-2 Crema 0.20 10% Artículo 3º.- Rebájase el gravamen específico y ad-valorem de los productos comprendidos bajo el inciso 029 09 00 2 del Código Arancelario de Importaciones, así: Específico Ad- Valorem 2. Productos lácteos n.e.p. C$0.12 10% Artículo 4º.- La presente ley se publicará en La Gaceta, Diario Oficial, principiará a regir a partir del uno de Julio del año en curso, y todo excedente de gravamen que se hubiese cobrado a partir de esa fecha, diferente de lo estipulado en este Decreto, deberá devolverse al interesado. Dado en Casa Presidencial. Managua, D.N., a los veintitrés días del mes de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco. (f) A.SOMOZA, Presidente de la República. (f) Rafael A. Huezo, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público. -