Abrase Sub-Partida En El Código Arancelario De Importaciones

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Ejecutivos - (ABRASE SUB-PARTIDA EN EL CÓDIGO ARANCELARIO DE IMPORTACIONES) No. 16; Aprobado el 08 de Enero de 1957 Publicado en La Gaceta No.13 del 16 de enero de 1957 No. 16 EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA, A insinuación de la Comisión Central Aduanera y en uso de las facultades que le concede el Arto. 23 del Código Arancelario de Importaciones: DECRETA: Artículo 1.- Abrase la Subpartida 552 02 03 del Código Arancelario de Importaciones y créanse dentro de ella dos incisos, que tendrán las numeraciones, descripciones y gravámenes siguientes.Sub-partida e incisos Específicos Ad-valorem 552-02-03 Otros jabones y preparados para lavar y limpiar, n.e.p excepto los jabones con abrasivos 552-02-03-1 Aceites sulfonados 0.05 10% 552-02-03-2 Los demás 0.20 10%Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., a los ocho días del mes de Enero de mil novecientos cincuenta y siete.- (f) LUIS A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) RAFAEL A. HUEZO, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público. -