Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Circular
-
(TARIFA EN SEMANA DE
COMUNICACIONES)
CIRCULAR No. 505, Aprobada el 4 de Noviembre de 1946
Publicada en La Gaceta No. 244 del 12 de Noviembre de
1946
Managua, D. N.,
4-Noviembre-1946
Administradores de Rentas.Toda la República.
CIRCULAR Nº 505.
La Semana de Comunicaciones será durante los días 11 al 17 de este
mes, lapso en el cual se cobrará tarifa doble por los servicios de
comunicaciones en general. Por este motivo en cada boleta única de
entero, Ud. tendrá que detallar el valor de la tarifa ordinaria
separadamente del servicio extra para la Semana de Comunicaciones,
por lo cual exigirá a los enterantes, en cada entrega, una
liquidación explicativa. El valor del servicio extra aludido lo
contabilizará en la página dos del E. de I., después de la cuenta
Radio nacional. El cargo a Caja y la operación de los depósitos al
Banco se harán sin ninguna modificación. Avise estar
entendido.
Emilio Pereira A.,
Presidente del Tribunal de Cuentas.
-