Suspensión Del Tratado De Libre Comercio Entre Nicaragua Y Guatemala

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Circular - SUSPENSIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE NICARAGUA Y GUATEMALA CIRCULAR ADMINISTRATIVA No. 208. Aprobada el 30 de julio de 1932 Publicada en La Gaceta No. 170 del 12 de Agosto de 1932 Señores Administradores de Aduanas: 1.- De orden del señor Ministro de Hacienda en carta dirigida al Recaudador General de Aduanas el 29 de julio corriente, se ha mandado a suspender, hasta nuevo aviso, la franquicia aduanera concedida a los productos guatemaltecos que se importaban a Nicaragua. 2.- En consecuencia, las Aduanas de la República cobrarán los correspondientes derechos de importación y demás impuestos a los productos de Guatemala que se registren desde el 30 de julio de 1932 en adelante. 3.- Sírvanse acusar recibo manifestando quedar bien entendidos. El Recaudador General de Aduanas y Miembro de la Alta Comisión, IRVING A. LINDBERG. -