Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Circular
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(EXENCIÓN DEL SERVICIO MILITAR A
CORTADORES DE CAFÉ)
Aprobada el 22 de Noviembre de 1919
Publicada en La Gaceta No. 278 del 5 de Diciembre de
1919
Sres. Comandantes de Armas de la República:Estando próxima la temporada de recolección del café, precioso
grano que representa gran parte de nuestra riqueza nacional, y como
una protección para el importante gremio de agricultores, se
servirá Ud. con instrucciones de la Comandancia General, impartir
sus órdenes a fin de que las autoridades de su jurisdicción de toda
clase de garantías a los individuos comprometidos para la
recolección de ese grano; quedando estos por consiguiente exentos
del servicio militar, por el tiempo que dure el mencionado trabajo.
En tal virtud, autorizo a Ud. para extender las libranzas que sean
necesarias, por el término de cuatro meses previa lista nominal
autorizada por el propietario de la hacienda respectiva. Estas
libranzas pueden ser extendidas en papel simple, que deberá
proveerlo el interesado.
Ministro de la Guerra, (f) LUIS CORREA.
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