Decisión Arancelaria Número 194

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Circular - DECISIÓN ARANCELARIA NÚMERO 194 Aprobada el 13 de Noviembre de 1933 Publicada en La Gaceta No. 256 del 22 de Noviembre de 1933 VALOR EN CÓRDOBAS DE MONEDAS EXTRANJERAS Noviembre, 13 de 1933 Señores Administradores de Aduana: 1. Conforme la última declaración oficial de Nueva York y datos de otras fuentes fidedignas, desde el 4 de noviembre de 1933 y hasta nueva orden en contrario, las Aduanas de la República se regirán en la liquidación de derechos aduaneros de las mercaderías embarcadas desde esa fecha, por los siguientes tipos de cambio de monedas extranjeras: PAÍSES UNIDAD MONETARIA TIPO AMERICA Estados Unidos Dollar C$ 1.00 Chile Peso Oro .0950 Colombia Peso Oro .6850 Costa Rica Colón .222 Cuba Peso 1.00 Ecuador Sucre .20 Guatemala Quetzal 1.00 Honduras Lempira .50 México Peso Plata .2828 Panamá Balboa 1.00 Perú Sol .21 Salvador (El) Colón .50 Venezuela Bolívar .193 EUROPA Alemania Marco .37 Austria Schilling .1775 Bélgica Belga .2163 Checoslovaquia Corona (Crown) .0461 Dinamarca Corona (Krone) .2175 España Peseta .1299 Francia Franco .06065 Gran Bretaña Libra Esterlina 4.8625 Holanda Florín .6249 Hungría Pengo .2675 Italia Lira .0816 Noruega Corona (Krone) .2445 Suecia Corona (Krona) .2503 Suiza Franco .3007 ASIA China (Hong Kong) Silver Dollar .3531 China (Shangai) Tael .3169 Japón Yen .2919 El Recaudador General de Aduanas por la ley, W. J. CRAMPTON. -