Decisión Arancelaria Número 192

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Circular - DECISIÓN ARANCELARIA NÚMERO 192 Aprobada el 13 de Septiembre de 1933 Publicada en La Gaceta No. 207 del 23 de Septiembre de 1933 VALOR EN CÓRDOBAS DE MONEDAS EXTRANJERAS Septiembre 13 de 1933 Señores Administradores de Aduana: 1. Conforme la última declaración oficial de Nueva York y datos de otras fuentes fidedignas, desde el 5 de septiembre de 1933 y hasta nueva orden en contrario, las Aduanas de la República se regirán en la liquidación de derechos aduaneros de las mercaderías embarcadas desde esa fecha, por los siguientes tipos de cambio de monedas extranjeras: PAÍSES UNIDAD MONETARIA TIPO AMERICA Estados Unidos Dollar C$ 1.00 Chile Peso Oro .0887 Colombia Peso Oro .8850 Costa Rica Colón .222 Cuba Peso 1.00 Ecuador Sucre .20 Guatemala Quetzal 1.00 Honduras Lempira .50 México Peso Plata .2826 Panamá Balboa 1.00 Perú Sol .1950 Salvador (El) Colón .50 Venezuela Bolívar .193 EUROPA Alemania Marco .3445 Austria Schilling .1625 Bélgica Belga .2015 Checoslovaquia Corona (Crown) .0429 Dinamarca Corona (Krone) .2040 España Peseta .1205 Francia Franco .0565 Gran Bretaña Libra Esterlina 4.565 Holanda Florín .5820 Hungría Pengo .2525 Italia Lira .0760 Noruega Corona (Krone) .2295 Suecia Corona (Krona) .2355 Suiza Franco .2786 ASIA China (Hong Kong) Silver Dollar .3269 China (Shangai) Tael .2919 Japón Yen .2681 El Recaudador General de Aduanas y Miembro de la Alta Comisión, IRVING A. LINDERG. -