Circular Administrativa (Aeroplanos)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Transporte Rango: Circular - CIRCULAR ADMINISTRATIVA (AEROPLANOS) CIRCULAR ADMINISTRATIVA No. 144. Aprobada el 8 de Abril de 1926 Publicada en La Gaceta No. 83 del 14 de Abril de 1926 LICENCIA PARA LA EXPORTACIÓN DE AEROPLANOS Señores Administradores de Aduanas: 1. El decreto legislativo de 23 de marzo de 1926, que crea el departamento de Aviación anexo al Ministerio de la Guerra y Marina, contiene la siguiente Disposición: 7°- Toda persona o compañía, sea nicaragüense o extranjera, que desee introducir al país aeroplanos para uso privado o particular o para negocios públicos, tendrá que solicitar permiso al Gobierno para su introducción y para usarlos en el país, mientras no se dicten las leyes por el Congreso Nacional que regirán todos los ramos de aviación en el país. 2. Sírvanse ustedes proceder de conformidad. El Recaudador General de Aduanas, CLIFFORD D. HAM. -