Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Circular
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(CIRCULAR A ADMINISTRADORES DE
RENTAS Y JEFES POLÍTICOS SOBRE AUTORIZACIÓN DE COBROS)
CIRCULAR No.486, Aprobada el 23 de Mayo de 1946
Publicada en La Gaceta No. 113 del 30 de Mayo de 1946
Managua, D. N., Mayo 23 de
1946
Señores Administradores de Rentas, y Jefes Políticos.
Toda la República.Antes de autorizar con su Visto Bueno, recibos por cobros al
Gobierno de Nicaragua, exija Ud. de los interesados, marcar en
parte visible de dicho recibo los siguientes datos: Si es por
sueldos, el número y fecha del acuerdo de nombramiento; si por
Contratos, número y fecha de éste; y si por trabajos especiales,
esta misma razón. Deducciones del cheque de pago, depende de estas
aclaraciones, por lo que Ud. será responsable. Transcriba estas
disposiciones a los Agentes Fiscales de su jurisdicción.
Avise estar entendido.
Emilio Pereira A.,
Presidente del Tribunal de Cuentas.
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