Todo Patentado Que Destace Cerdos Con Triquina Se Le Cancelará La Patente

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Salud Rango: Acuerdos Presidenciales - TODO PATENTADO QUE DESTACE CERDOS CON TRIQUINA SE LE CANCELARÁ LA PATENTE No. 76, Aprobado el 20 de Septiembre de 1941 Publicado en La Gaceta No. 209 del 27 de Septiembre de 1941 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades, Considerando: Que a pesar de la vigilancia desplegada por los Inspectores del Distrito Nacional, el contrabando en el ramo del destace de cerdos, va tomando incremento, debido a la lenidad de las penas impuestas a los infractores, Considerando: Que el expendio clandestino de carnes infectadas de triquina, acarrea males de difícil reparación a la salubridad pública, y siendo deber del Gobierno velar en todo sentido por el bienestar de los asociados. ACUERDA: 1º.- A todo patentado para el destace de cerdos que sea convicto de alguna infracción culpable en dicho ramo, se le cancelará su patente o se le suspenderá temporalmente por un tiempo determinado a juicio del Ministerio del Distrito Nacional, sin perjuicio de la multa a que se haya hecho acreedor por tales infracciones. 2º.- A los no patentados que cometan tales faltas o infracciones de la ley, se les aplicará esta en todo su rigor. Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., veinte de Septiembre de mil novecientos cuarenta y uno.- El Presidente de la República.- SOMOZA.- El Ministro del Distrito Nacional, por la ley.- J. Santos Zelaya. -