Suscripción Del "protocolo Facultativo De La Convención Sobre Los Derechos De Las Personas Con Discapacidad"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Derechos Humanos Rango: Acuerdos Presidenciales - ACUERDO PRESIDENCIAL N° 440-2008, Aprobado el 1 de Octubre del 2008 Publicado en La Gaceta No. 199 del 16 de Octubre del 2008 El Presidente de la República de Nicaragua En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Artículo I. Otorgar Plenos Poderes a la Compañera MARÍA RUBIALES DE CHAMORRO, Representante Permanente de la República de Nicaragua con rango de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, para que en dicha calidad y en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba el "PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD", adoptado el trece de diciembre del año dos mil seis, durante el Sexagésimo Primer Período de Sesiones de la Asamblea General por Resolución A/RES/61/106 ARTÍCULO 2. La Trascripción de este Acuerdo faculta amplia y suficientemente a la Embajadora Rubiales de Chamorro, para proceder de conformidad. ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día primero del mes de octubre del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -