Se Señala El Día En Que Deben Abrirse Las Escuelas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Acuerdos Presidenciales - SE SEÑALA EL DÍA EN QUE DEBEN ABRIRSE LAS ESCUELAS Aprobado el 5 de Febrero de 1898 Publicado en La Gaceta No. 453 del 26 de Febrero de 1898 El Presidente del Estado, Acuerda: Señalar el día 15 del mes corriente, como el designado para la apertura de las escuelas que verificaron sus exámenes de fin de curso á principio del mes de Diciembre próximo pasado. Comuníquese  Managua, 4 de Febrero de 1898  ZELAYA  El Ministro de Instrucción Pública MATUS. -