Se Reforma El Acuerdo De 28 De Agosto De 1896 (Fabricas De Aguardientes)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Acuerdos Presidenciales - SE REFORMA EL ACUERDO DE 28 DE AGOSTO DE 1896 (FABRICAS DE AGUARDIENTES) ACUERDO PRESIDENCIAL, Aprobado el 21 de Abril de 1897 Publicado en La Gaceta No. 216 del 25 de Abril de 1897 El Presidente del Estado, considerando: que para la fabricación de aguardientes en los centros de destilación se necesita de gran cantidad de agua, y que en el departamento de Masaya no puede contarse con este elemento en las proporciones deseadas acuerda: Art. 1º.- Señalase el departamento de Managua para establecer la centralización de las fábricas de Oriente. Art. 2º.- En estos términos queda reformado el acuerdo ejecutivo de 28 de Agosto de 1896. Comuníquese- Managua, 21 de Abril de 1897- Zelaya - El Ministro de Hacienda  Gómez. -