Se Clasifican A Los Comisariatos Existentes En El Litoral Atlántico Que Expendan Sustancias Medicamentosas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Salud Rango: Acuerdos Presidenciales - (SE CLASIFICAN A LOS COMISARIATOS EXISTENTES EN EL LITORAL ATLÁNTICO QUE EXPENDAN SUSTANCIAS MEDICAMENTOSAS) No. 122, Aprobado el 10 de Septiembre de 1928 Publicado en La Gaceta No. 203 del 12 de Septiembre de 1928 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ACUERDA: Aprobar la disposición que dice: No. 155.- La Dirección General de Sanidad, en uso de las facultades que le confiere el Arto. 7 de la Ley Reglamentaria de Droguerías y Farmacias, de 6 de Diciembre de 1925, y con la aprobación del Ministerio de Policía e Higiene, CONSIDERANDO: Que existen en los campamentos de las Compañías Madereras y Bananeras en las montañas del Litoral Atlántico, comisariatos que expenden sustancias medicamentosas en forma que exceden a los Puestos de Venta de Medicinas, y que debiendo ser controlados por la Inspección de Farmacias y abastos, urge darles una clasificación conveniente que permita su inscripción y cobro de retribuciones, ACUERDA: Artículo 1.- Los Comisariatos de las Compañías Madereras y Bananeras existentes en los campamentos de trabajo de dichas Compañías en el Litoral Atlántico, serán considerados para los fines de inscripción y retribuciones, como Boticas de segunda clase, debiendo ser regentadas por empíricos cuya competencia juzgará esta Dirección General de Sanidad. Artículo 2.- Los Depósitos Centrales de las mismas Compañías deberán ser inscritos como Depósitos de Medicinas de representantes de casas extranjeras, con las obligaciones y restricciones que les señalan las leyes de 6 de diciembre de 1925 y 11 de agosto de 1926. Artículo 3.- La asimilación de los Comisariatos o Boticas de segunda clase subsistirá mientras no exista en los lugares donde estén establecidos Boticas o Farmacias legalmente inscritas y regentadas.- Comuníquese.- Managua, 1º de agosto de 1928.- (f) Emilio Pallais, Director General de Sanidad.- Ante mí, (f) J. Antonio Bonilla, Srio. Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 10 de Septiembre de 1928. DÍAZ. El Ministro de Higiene, V. GURDÍAN. -