Reposición De Timbres Para La Tabacalera E Incineración De Los Inutilizados

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - REPOSICIÓN DE TIMBRES PARA LA TABACALERA E INCINERACIÓN DE LOS INUTILIZADOS No. 13. Aprobado el 29 de Agosto de 1962. Publicado en La Gaceta No. 210 del 13 de Septiembre de 1962. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, POR CUANTO: La Dirección General de Ingresos en comunicación de 6 de Febrero del año en curso enviada al Ministerio de Hacienda y Crédito público, informa que la Compañía Tabacalera Nicaragüense, S. A., solicita la reposición de timbres de tabaco de los inutilizados por las máquinas de dicha compañía durante el período comprendido entre el 1. de Marzo al 30 de Junio del corriente año, como de los adheridos a cajetillas de diferentes marcas en mal estado, en el mismo período del 1. de Marzo al 30 de Junio de 1962, que suman la cantidad de cuarenta mil ciento trece timbre con valor total de veintitrés mil cuatrocientos siete Córdobas con noventa y un centavos, cuyas cantidades se descomponen así: Timbres Inutilizados por las Máquinas Cantidad Inutilizados por las MáquinasValor 38.843C$ 22. 498.40' Timbres Adheridos a Cajetillas en mal Estado CantidadValor 1.270C$ 901.51 Por Cuanto: Los Timbres detallados están en poder de la Dirección General de Ingresos, según su comunicación referida y de conformidad con el Decreto Legislativo No. 551 de 17 de Diciembre de 1960, deben incinerarse y reponerse con los valores que solicite la Compañía Tabacalera Nicaragüense, S.A. Por Tanto: Acuerda: PRIMERO: Procédase a la incineración de los mencionados cuarenta mil ciento trece (40.113) timbre de tabaco; operación que se llevará a efecto en los hornos de la citada Compañía Tabacalera Nicaragüense, S. A., en presencia de una Comisión integrada por un Representante del Ministerio de Hacienda, uno del Tribunal de Cuentas y otros de la Dirección General de Ingresos, un Representante de la Compañía Tabacalera Nicaragüense, S. A. SEGUNDO: Autorízase al señor Director General de Ingresos para que de las existencias en el Almacén General de Especies Fiscales entregue a la Compañía Tabacalera Nicaragüense, S.A., para reponer los timbres que ya depositó y que serán incinerados la Cantidad de 27.867 timbres color oro, de la denominación de C$ 0.84 c/u. que hace un total de Veintitrés Mil Cuatrocientos Ocho Córdobas y Veintiocho Centavos.&.(C$ 23.408.28); la diferencia entre ambas cantidades correspondientes a C$ 0.37, será pagada por la mencionada Compañía en la Administración de Rentas de esta ciudad, como complemento del valor de la especie solicitada en reposición de la dañada e inutilizada. Nombrase comisionado del Ministerio de Hacienda, para que cumpla lo acordado al señor Justo Antonio Cepeda. Comuníquese.- Casa Presidencial. Managua, D. N., Agosto 29 de 1962.- (f) LUIS A. SOMOZA D.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA (f) KARL J. C. H. HÜECK.- MINISTRO DE HACIENDA Y C. P. -