Prorrógase La Inscripción De Estudiantes

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Acuerdos Presidenciales - (PRORRÓGASE LA INSCRIPCIÓN DE ESTUDIANTES) No. 193, Aprobado el 20 de Mayo de 1938 Publicado en La Gaceta No. 111 del 28 de Mayo de 1938 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que con motivo de la reorganización del personal docente de los Establecimiento de segunda Enseñanza y Facultades de la República, hubo de interrumpirse el período hábil para matriculas y exámenes extraordinarios en esos Centros, POR TANTO: De conformidad con el Arto. 131 Inc. 17 del Reglamento del Poder Ejecutivo, ACUERDA: ÚNICO  Habilitase hasta el 31 de Mayo corriente inclusive la época para efectuar matricula y exámenes extraordinarios en las Escuelas facultativas y Centros de segunda enseñanza de la República. Comuníquese  Casa Presidencial  Managua, D. N., 20 de Mayo de 1938.  SOMOZA.  El Ministro de Instrucción Pública y Educación Física, por la ley.  HERNÁN ROBLETO. -