Procuraduría General De La República, Para Que Proceda A Recuperar Pasivos Y Activos, A Través De Procedimientos Extrajudiciales, Judiciales, Administrativos Y Notariales

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Acuerdos Presidenciales - (PROCURARÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, PARA QUE PROCEDA A RECUPERAR PASIVOS Y ACTIVOS, A TRAVÉS DE PROCEDIMIENTOS EXTRAJUDICIALES, JUDICIALES, ADMINISTRATIVOS Y NOTARIALES) ACUERDO PRESIDENCIAL No. 01-2010, Aprobado el 6 de Enero del 2010. Publicado en La Gaceta No. 7 del 12 de Enero de 2010 El Presidente de la República de Nicaragua En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política ACUERDA Articulo 1. Agréguese un artículo 2 bis al Acuerdo Presidencial No. 391-2008, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 181 del 22 de septiembre de 2008, el cual se leerá así: Artículo 2 bis. En conformidad con el artículo 19 de la Ley No. 411, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 244 del 24 de Diciembre de 2001, autorizar a la Procuraduría General de la República, para que proceda a recuperar pasivos y activos, a través de procedimientos extrajudiciales, judiciales, administrativos y notariales, que posen sobre los bienes inmuebles transferidos a favor del Estado de la República de Nicaragua. Articulo 2. El Presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día de seis de Enero del año dos mil diez. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -