Derogación Del Reglamento Para Indemnización Por El Uso De Vapor En Los Campos Geotérmicos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Energética Rango: Acuerdos Presidenciales - ACUERDO PRESIDENCIAL No. 159-93, Aprobado el 12 de Julio de 1993 Publicado en La Gaceta No. 131del 12 de Julio de 1993 DEROGACIÓN DEL REGLAMENTO PARA INDEMNIZACIÓN POR EL USO DE VAPOR EN LOS CAMPOS GEOTÉRMICOS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que es necesario desarrollar la exploración y explotación de los recursos geotérmicos a fin de utilizarlos conforme a las necesidades del país. II Que el mecanismo establecido para la compensación por el uso de vapor en los campos geotérmicos es inadecuado en relación a la importancia de los sectores productores de energía eléctrica en la economía nacional. Por Tanto En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO: El siguiente Acuerdo de: DEROGACIÓN DEL REGLAMENTO PARA INDEMNIZACIÓN POR EL USO DE VAPOR EN LOS CAMPOS GEOTÉRMICOS Artículo 1.- Se deroga el Acuerdo Presidencial No. 3 que Aprobó el Reglamento para Indemnización por el Uso de Vapor en los Campos Geotérmicos, del cuatro de Enero de mil novecientos setenta y nueve, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 36, del doce de Febrero de mil novecientos setenta y nueve. Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los doce días del mes de Julio de mil novecientos noventa y tres. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -